Luego de emitida la NIIF para las Pymes original en julio del
2009, el IASB empezó su proceso de revisión integral después de que los
preparadores y usuarios de la información financiera tuvieran dos años de
experiencia en la aplicación de esta nueva norma.
El proceso de revisión integral empezó con una petición de información, documento mediante el cual
se obtuvo retroalimentación primaria en la aplicación de la NIIF para las Pymes
(junio, 2012).
Después de obtener esta retroalimentación, el IASB emitió un proyecto de norma para comentario público
(octubre, 2013).
Con base en las respuestas de los encuestados, el personal técnico
del IASB elaboró tres documentos de agenda dirigidos al grupo de implementación de
las Pymes (SMEIG, por sus siglas en
inglés), para facilitar la elaboración del informe de recomendaciones por parte
del grupo (julio, 2014).
Posteriormente, el SMEIG analizó los documentos de agenda y
elaboró un informe de recomendaciones dirigido al IASB (octubre, 2014).
En los meses siguientes, el IASB discutió las propuestas del SMEIG
a través de varias reuniones, y emitió las enmiendas finales a la NIIF para las
Pymes (mayo, 2015).
El presente artículo resume las principales enmiendas realizadas
al estándar para Pymes, las cuales entrarán en vigencia el 1º de enero del
2017.
Cambios a la norma que podrían tener efectos
significativos
Entre todos los cambios hechos a la NIIF para las Pymes, estos son
los que se consideran más significativos:
Impuesto a las ganancias: alineación de la
sección 29 con la NIC 12
El contenido de la sección 29 de la NIIF para las Pymes fue
completamente reformado y alineado con los principios establecidos en la NIC 12
de las NIIF completas.
Por ejemplo, en la sección 29 inicial, se requería a los preparadores
que determinaran las bases fiscales de los activos en función de sus
consecuencias fiscales a través de su venta. Ahora con las enmiendas, las bases
fiscales de los activos se determinarán en función de sus consecuencias
fiscales a través de su uso esperado (que puede ser la venta o el uso en la
operación).
También se añadió una exención por “costo o esfuerzo desproporcionado”
para el requerimiento de compensar activos y pasivos por impuesto a las ganancias.
Actividades extractivas: incorporación de
los principios de la NIIF 6 en la sección 34
Cuando se emitió la NIIF para las Pymes original (2009), esta era
muy silenciosa con respecto a la contabilidad de las actividades extractivas (sección 34-Actividades especiales). Ahora con los cambios finales, la sección 34 incorpora algunos
párrafos de la NIIF 6 Exploración y
evaluación de recursos minerales -norma que establece los
principios para la contabilidad de actividades extractivas en las NIIF completas-.
Esta mejora a la NIIF para las Pymes, permite a los preparadores de
estados financieros de este sector económico aplicar directamente los
principios establecidos en la sección 34, y no tener que hacer una referencia a
las NIIF completas.
Propiedades, planta y equipo: opción del
modelo de revaluación
Anteriormente, la NIIF para las Pymes solo permitía el modelo del
costo para la medición posterior de las propiedades, planta y equipo.
Inicialmente, la opción de un modelo de revaluación no fue considerada en el proyecto de norma por parte del IASB. Sin
embargo, durante el proceso de consulta pública, muchos de los encuestados
manifestaron un fuerte interés en permitir la opción del modelo de revaluación
para este elemento de los estados financieros.
El personal técnico del IASB y el SMEIG no estuvieron de acuerdo
en permitir la opción de este modelo de medición posterior, lo cual quedó manifestado
en el informe de recomendaciones. No obstante, el IASB en sus deliberaciones finales,
permitió la incorporación de esta opción de medición posterior de las
propiedades, planta y equipo en la nueva versión del estándar para Pymes.
En los fundamentos a las conclusiones de las enmiendas finales, el
IASB expresa que se permitió la opción del modelo de revaluación debido a que
la ausencia de esta opción en la norma original estaba creando un límite para
su adopción en algunas jurisdicciones. Por tanto, esta enmienda es consistente con
el objetivo del IASB de promover una mayor adopción de la NIIF para las Pymes a
nivel global.
Otras enmiendas relevantes a la NIIF para las
Pymes
A continuación se describen otras enmiendas a la NIIF para las
Pymes que se han considerado relevantes, de acuerdo con cada sección:
Sección 2. Conceptos y principios generales
“Costo o esfuerzo desproporcionado” es un concepto muy importante
en la aplicación integral de la NIIF para las Pymes que requiere el uso del
juicio profesional y la mejor información disponible. Por tal motivo, las
enmiendas incluyen una mayor guía para la aplicación de la exención de “costo o
esfuerzo desproporcionado”, basado en el Q&A 2012/01 emitido por el SMEIG.
La sección 2 modificada ahora incluye el siguiente párrafo:
“La aplicación de un requerimiento daría lugar a un “costo o esfuerzo
desproporcionado” ya sea porque el costo es excesivo (por ejemplo, los
honorarios de un tasador son excesivos) o los esfuerzos de los empleados son
excesivos en comparación con los beneficios que recibirían los usuarios de los
estados financieros por contar con la información”.
Las enmiendas también hacen énfasis en que solo ciertas secciones
de la NIIF para las Pymes permiten el uso de la exención por “costo o esfuerzo
desproporcionado” y están especificadas en la norma, es decir, que los
preparadores de información financiera no pueden ejercer discrecionalmente esta
opción. Asimismo, se debe revelar en las notas a los estados financieros en qué
casos se ha utilizado la mencionada exención y cuál fueron las razones para
utilizarla.
Sección 5. Estado del resultado integral y
estado de resultados
Agrupación de las partidas de otro resultado integral sobre la
base de si son potencialmente reclasificables o no a los resultados, lo
anterior en concordancia con la actual NIC 1 - Presentación de
Estados Financieros.
Sección 9. Estados financieros consolidados y
separados
Adición de la opción del método de la participación (a veces denominado
“valor patrimonial proporcional”) para medir las inversiones en subsidiarias,
negocios conjuntos y asociadas, en los estados financieros separados.
Igualmente se modifican las excepciones para estar sujeto a la consolidación de
estados financieros.
Sección 11. Instrumentos financieros básicos
Adición de una exención por “costo o esfuerzo desproporcionado” a
la medición de inversiones en instrumentos de patrimonio a su valor razonable.
Aclaración de que la mejor evidencia del valor razonable es un “precio
cotizado en un mercado activo”, en lugar de un “precio en un acuerdo de venta
vinculante” (que proponía el proyecto de norma).
Sección 18. Activos intangibles distintos de
la plusvalía
Cuando la vida útil de un activo intangible no pueda ser establecida
con fiabilidad, esta debe ser determinada mediante la mejor estimación de la
gerencia y no excederá los diez años.
La NIIF para las Pymes original fijaba automáticamente la vida
útil en diez años cuando no podía ser establecida con fiabilidad.
Sección 19. Combinaciones de negocios y
plusvalía
Adición de una exención por “costo o esfuerzo desproporcionado” para
el reconocimiento de activos intangibles separadamente en una combinación de
negocios y adición de un requerimiento para todas las entidades de proporcionar
una descripción cualitativa de los factores que componen cualquier plusvalía
reconocida.
Cabe indicar que esta exención por “costo o esfuerzo
desproporcionado” no aplica al reconocimiento de pasivos contingentes en una
combinación de negocios.
Sección 22. Pasivos y patrimonio
Adición de guías esclareciendo la clasificación de instrumentos como
patrimonio o pasivo, en concordancia con la NIC
32 - Instrumentos financieros: presentación y medición de las NIIF completas.
Incorporación de una exención por “costo o esfuerzo
desproporcionado” del requerimiento para medir el pasivo para pagar una
distribución distinta al efectivo al valor razonable de los activos distintos
al efectivo a distribuir y de guías que aclaran la contabilización de la
liquidación del dividendo por pagar.
También se adicionan instrucciones respecto de la cancelación de
pasivos financieros mediante la emisión de instrumentos de patrimonio.
Sección 33. Información a revelar sobre
partes relacionadas
Alineación de la definición de “parte relacionada” con la NIC 24 - Información a revelar sobre partes relacionadas.
Sección 35. Transición a la NIIF para las Pymes
La incorporación de una opción de permitir que se use la sección
35 más de una vez —sobre la base de las modificaciones de la NIIF 1 - Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de
Información Financiera-.
Existen otros cambios y aclaraciones menores a la NIIF para las
Pymes que se espera que tengan un efecto muy limitado. En el presente artículo hemos
descrito los principales cambios que se espera sean relevantes para los
preparadores y usuarios de la información financiera de estas entidades.
La lista de todas las enmiendas finales a la NIIF para las Pymes y
los fundamentos a las conclusiones pueden ser descargados dentro del sitio web
del IASB, en los siguientes enlaces:
Enmiendas 2015 a la NIIF
para las Pymes: http://www.ifrs. org/IFRS-for-SMEs/Comprehensive-review-IFRS-for-SMEs/
Documents/2015_Amendments-to-IFRS-for-SMEs_Spanish _Standard.pdf
Fundamentos de las
conclusiones: http://www.ifrs.org/ IFRS-for-SMEs/Comprehensive-review-IFRS-for-SMEs/
Documents/2015_Amendments-to-IFRS-for-SMEs_Spanish _Basis.pdf
El plan del IASB para revisiones futuras de la
NIIF para las Pymes
Como resultado del proceso de revisión integral de la NIIF para
las Pymes, el IASB apoyaba lo siguiente como un enfoque provisional para
revisiones futuras de este estándar:
1. Una revisión integral de la NIIF para las Pymes debería comenzar
aproximadamente dos años después de la fecha de vigencia de las modificaciones
que se realicen procedentes de una revisión integral anterior. Esto daría
tiempo para que estas entidades apliquen las modificaciones, y para que las
partes interesadas identificaran y comentaran cualquier cuestión de implementación
o consecuencias no previstas que procedan de esas modificaciones. El IASB
observó que esperaba que las revisiones integrales comenzasen con la emisión de
una “petición de información”.
2. Entre las revisiones integrales, el IASB con información procedente
del SMEIG, decidiría si existe una necesidad de una revisión intermedia para
considerar cualquier NIIF nueva o revisada no incorporada todavía o
modificaciones urgentes que hayan sido identificadas.
3. Este proceso significaría que las modificaciones a la NIIF para
las Pymes no se realizarán con una frecuencia mayor de aproximadamente una vez
cada tres años para proporcionar a las Pymes una plataforma estable.
Cambios fuertemente recomendados a la NIIF para
las Pymes que no fueron considerados en las enmiendas finales del 2015
Dentro del proceso de consulta pública del proyecto de norma de la
NIIF para las Pymes, muchos de los encuestados manifestaron ciertos cambios a
la norma que iban más allá del proceso de revisión integral. Estos cambios
propuestos al estándar de Pymes también fueron soportados por el SMEIG, y se
citan a continuación:
1. Definición de valor razonable acorde con la NIIF 13 - Medición del valor razonable (y no de acuerdo con la antigua definición de valor razonable).
2. Dentro de las secciones 11 y 12, actualizar la opción de política
contable con NIIF 9 - Instrumentos
financieros (y no con la NIC 39 - Instrumentos financieros: reconocimiento y medición).
3. Medición de las plantas productoras como si fueran propiedades,
planta y equipo (y no como activos biológicos).
Estos cambios son fuertemente recomendados para el próximo proceso
de revisión integral de la NIIF para las Pymes (o también podrían ser
considerados como cambios urgentes interinos antes de finalizar el proceso de
revisión integral, de acuerdo con el enfoque tentativo del IASB para próximas revisiones).
Bibliografía
Seminarios grabados sobre los cambios propuestos
a la NIIF para las Pymes.
Videoconferencia Internacional sobre NIIF para
las Pymes organizada por la Universidad Piloto de Colombia. En:
wttps://www.dropbox.com/s/rzcd2yven5z6in2/Luis%20A.%20Chavez%20Vc.avi?n=109365979
Luis A. Chávez
Consultor independiente y capacitador internacional en contabilidad
y finanzas.
Experto en NIIF y miembro del SMEIG (grupo asesor del Consejo de
Normas Internacionales de Contabilidad - IASB).
Email:
l_chavez86@hotmail.com - Twitter: @l_chavez86 - Facebook:
facebook.com/lchavez86.
Fuente:
REVISTA INTERNACIONAL
LEGIS DE CONTABILIDAD & AUDITORÍA, Julio/Septiembre
2016, Sección Panorama.