domingo, 17 de septiembre de 2017

EL IASB® PUBLICA DOCUMENTO DE PRÁCTICA SOBRE MATERIALIDAD Y EMITE UN PROYECTO DE NORMA PARA LA DEFINICIÓN DE ‘MATERIAL’


El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (el Consejo o IASB®, por sus siglas en inglés) ha publicado recientemente orientaciones sobre cómo hacer juicios de materialidad o importancia relativa.


La publicación alienta a las empresas a aplicar el juicio profesional en lugar de utilizar los requerimientos de las NIIF® como una lista de verificación, de modo que los estados financieros se centren en la información que es útil para los inversores y otros proveedores de capital. El Consejo también está consultando por separado las aclaraciones propuestas a la definición de información ‘material’ en los estados financieros.

El concepto de materialidad es importante en la preparación de los estados financieros, ya que ayuda a las empresas a determinar qué información incluir y excluir de sus informes. Las empresas hacen juicios de materialidad no sólo al decidir qué información revelar y cómo presentarla, sino también al tomar decisiones sobre reconocimiento y medición.

Algunas empresas no están seguras de cómo hacer juicios de materialidad y, por lo tanto, han utilizado los requerimientos de información a revelar en las Normas NIIF® como una lista de verificación. Para alentar el cambio de comportamiento y proporcionar apoyo a las empresas que hacen tales juicios, el Consejo ha publicado el ‘IFRS Practice Statement 2: Making Materiality Judgements’ (Documento de Práctica 2 de las NIIF: Haciendo Juicios sobre Materialidad).

El Documento de Práctica reúne todos los requisitos de materialidad en las Normas NIIF® y añade orientación práctica y ejemplos que las empresas pueden encontrar útiles para decidir si la información es importante.

El Documento de Práctica se ha desarrollado siguiendo el debido proceso completo del IASB el cual incluye amplia divulgación y consulta pública, y forma parte del proyecto del Consejo denominado 'Mejor Comunicación en la Información Financiera'.

El Documento de Práctica sobre materialidad:

- proporciona una visión general de las características de la materialidad;
- presenta un proceso de cuatro pasos que las empresas pueden seguir para hacer juicios sobre materialidad al preparar sus estados financieros; y
- proporciona orientación sobre cómo hacer juicios de materialidad (o importancia relativa) en circunstancias específicas; por ejemplo, en el contexto de la presentación de información financiera intermedia.


El Documento de Práctica de las NIIF no es de carácter mandatorio, ni cambia los requerimientos ni introduce otros nuevos. Se permite a las empresas aplicar la guía contenida en el Documento de Práctica a los estados financieros preparados a partir del 14 de septiembre de 2017.


Para acceder a un resumen ejecutivo del Documento de Práctica sobre materialidad, puede hacer clic en el siguiente enlace:


Sobre la definición de información 'material'

El Consejo también ha publicado recientemente –para consulta pública– enmiendas propuestas a la definición de ‘material’. El Proyecto de Norma 'Definition of Material' (Definición de Material) propone enmiendas menores a la NIC® 1 - Presentación de Estados Financieros y a la NIC® 8 - Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores, para aclarar la definición y mejorar la comprensión de los requerimientos actu
ales.

El Consejo está solicitando comentarios sobre el Proyecto de Norma hasta el 15 de enero de 2018.
Para acceder al Proyecto de Norma sobre la definición de 'material', puede hacer clic en el siguiente enlace: http://www.ifrs.org/…/exposur…/ed-definition-of-material.pdf

Esperando que la información compartida pueda ser de utilidad.

n fuerte abrazo,

Luis A. Chávez

miércoles, 6 de septiembre de 2017

LA SUPERINTENDENCIA PLANTEA CAMBIOS A LEYES EN EL ÁMBITO SOCIETARIO Y DE MERCADO DE VALORES.

El 24 de agosto pasado, la superintendente de Compañías, Valores y Seguros, Suad Manssur, envió a la Comisión del Régimen Económico y su Regulación y Control de la Asamblea Nacional, varias reformas a la Ley de Compañías y a la Ley de Mercado de Valores para que sean incluidas en el Proyecto de Ley de Optimización y Eficiencia de Trámites.

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) indicó al presidente de la Comisión, Pabel Muñoz, que la propuesta responde a la demanda de los usuarios, que buscan agilidad a través de nuevas tecnologías y procesos más simples. Los cambios viabilizarán un derecho societario más dinámico y moderno.

 A continuación, un resumen de la propuesta presentada:
Ley de Compañías

1.      Un nuevo procedimiento de disolución y liquidación de compañías, que mejora tiempos, precisa las tareas y fases del proceso:

-         Se elimina la inactividad de compañías y se deja como disolución de pleno derecho el hecho de no presentar balances 2 años.
-        Se diferencia las causales de disolución: pleno derecho, voluntaria o de oficio.
-         Se establece que los representantes legales tengan la facultad de liquidar sin necesidad de que se emita el nombramiento de liquidador.
-         Se exceptúa de la causal de disolución por pérdidas a las compañías en sus tres primeros ejercicios económicos.


2.     Se agrega el trámite abreviado de disolución, liquidación y cancelación.

3.      Se incluye la adjudicación extrajudicial en el caso de las compañías canceladas que cuentan con bienes.

4.     Se suprime de la figura del comisario y por tanto los informes.

5.     Se añade el trámite de “Domiciliación de compañías extranjeras”.

6.      Se establece un tope de multas dentro del trámite del control ex post y se aclara que solamente se la impone a los socios infractores.

7.     Se incluye la obligación de señalar en los poderes que otorgan compañías extranjeras una declaración de que estas responderán (por las obligaciones que contraigan sus apoderados) con el patrimonio que tenga la compañía en el Ecuador y en el extranjero.

8.     Se exceptúa a la SCVS del pago de inscripciones, marginaciones y certificados.

9.      Se suprime la convocatoria a Junta General de Socios por la prensa. En su lugar se establece que la convocatoria debe hacerse por correo electrónico y en las formas previstas en el estatuto.

10.   Se incluye la obligación de registrar los correos electrónicos y mantenerlos actualizados.

11.   Se establece la posibilidad de que el representante legal de una compañía pueda declarar que la información de sus accionistas extranjera no ha variado, con lo cual no debe presentar documentación nuevamente a la institución.

Ley de Mercado de Valores:

1.     Se establece la posibilidad de que los certificados emitidos por los Depósitos Centralizados de Compensación y Liquidación constituya el documento que legitima el derecho del tenedor para poder demandar acorde a las normas procesales vigentes.


2.     Se incluye la potestad normativa de la SCVS para expedir regulaciones y reglamentos.

Fuente: http://www.supercias.gob.ec/portalscvs/

martes, 5 de septiembre de 2017

TRASCENDENCIA DE LA NIIF 15: (3/5)

Trascendencia de la NIIF 15: Efectos de aplicación de la nueva norma de Ingresos en "Negocios de Industriales". (3/5)

Si usted fabrica artículos similares en grandes cantidades que son, básicamente en serie, que no son demasiado específicos, y con un largo período de producción puede verse afectado por la NIIF 15.

Lo que debemos observar es:

  • En caso de reconocer los ingresos en el tiempo o en un punto de tiempo. Si es en base en el tiempo, ¿Cómo se va a medir el progreso hacia la finalización?
  • ¿Cómo se debe tener en cuenta las modificaciones de los contratos, por ejemplo, para la distribución de envíos adicionales de productos?
  • ¿Proporciona descuentos posteriores a la entrega? ¿Existe descuentos por metas?, ¿Hay bonificaciones anuales a los clientes en base a volumen total de ordenes durante el año? Entonces es probable que esté afectado por la NIIF 15.
  • ¿En caso de que dividir su contrato en más obligaciones de desempeño? Este podría ser el caso cuando se proporciona algún período de garantía para sus productos. ¿La garantía debe ser contabilizada por separado? ¿Están proporcionando cualquier otro servicio para el producto?
  • ¿Cuándo se contraen ciertos gastos para obtener un contrato, como bonificaciones a equipo de ventas? Tal vez debería ser reconocido durante el tiempo, y no como gasto de forma inmediata como antes.

Ejemplo de modificaciones del contrato

Vell Computer, es fabricante de equipos informáticos, efectúa un contrato con un Ministerio para la entrega de 300 computadoras para el precio total de la 600.000, (2.000 por equipo).

Debido a trabajos de preparación necesarios, el Ministerio se compromete a recibir las computadoras en 3 entregas separadas durante los próximos 3 meses (100 computadoras en cada entrega). 

Después de que se hizo la primera entrega, el Ministerio y Vell Computer proponen modificar el contrato. Vell Computer suministrará 200 computadoras adicionales (500 en total).

¿Cómo debe reconocer Vell Computer la recaudación de este contrato al año finalizado del 31 de diciembre de 20X6 si:

• Escenario 1: El precio de 200 computadoras adicionales se acordó en 388.000, siendo 1.940 el precio por equipo. Vell Computer proporciona un descuento por volumen de 3% para la entrega adicional que refleja los descuentos por volumen normales previstas en los contratos similares con otros clientes.

• Escenario 2: El precio de 200 computadoras adicionales se acordó en 280.000, siendo 1.400 el precio por equipo. Vell Computer proporciona un descuento del 30% para la entrega adicional, ya que espera que en el futuro mayor pedidos del Ministerio (no existe ningún acuerdo previo todavía).

A partir del 31 de diciembre de 20X6, Vell Computer ha entregado 400 computadoras (300 tal como se acordó inicialmente y 100 en virtud de la modificación del contrato).

Bajo la óptica de la NIC 18

Por definición de ingreso de acuerdo con la NIC 18, los ingresos se reconocen en el momento de la entrega, bajo el valor razonable de la contraprestación recibida por las computadoras sin considerar la cantidad de los escenarios futuros.

No se le exige por la NIC 18 examinar si la entrega adicional independiente refleja precios de venta o considerar el "carácter comercial", "precios de transferencia", "precios de dumping".

Los ingresos para el año terminado el 31 de diciembre de 20X6:
• Escenario 1: 600.000 (las primeras 300 computadoras) + 194.000 (100 equipos adicionales entregados) = 794.000 (400 para todos los equipos ya entregados).

• Escenario 2: 600.000 (las primeras 300 computadoras) + 140.000 (100 equipos adicionales) = 740.000 (400 para todos los equipos ya entregados)

Bajo la óptica de la NIIF 15

En este caso, el contrato adicional representa la modificación típica de un contrato, tanto la cantidad de computadoras y los cambios en el total de los precios facturados, también.

NIIF 15 especifica con precisión cómo presentar las modificaciones del contrato, con base en los términos de la modificación. 

Hay 2 tipos básicos de modificación del contrato:

1. Modificación del contrato si es un contrato separado

Modificación del contrato se contabiliza como un contrato separado (lo que significa que el contrato original se deja tal cual), cuando se cumplen 2 criterios:

o Los bienes y servicios adicionales en la modificación debe ser distintos de los bienes o servicios del contrato original.
En ambos escenarios, esto se cumple, las computadoras adicionales son bastante distintas de los equipos originales.

o El monto de la compensación prevista para los productos adicionales / servicios debe reflejar el precio de venta individual de estos productos / servicios.

2. Modificación del contrato que no es un contrato separado

Si no se cumplen los criterios anteriores (o uno de ellos no se cumple), entonces la modificación del contrato no corresponde a un contrato separado y la contabilización depende de un análisis más detallado.

Vamos a echar un vistazo a esta situación. Aquí es cuando llegamos a la conclusión de que los bienes adicionales son distintos, al contrato principal es si la contraprestación adicional refleja sus precios de venta independiente.

Escenario 1: 3% de descuento en la entrega adicional.

El precio de los computadores adicionales de hecho refleja su precio de venta independiente, porque Vell Computer normalmente proporciona un 3% de descuento por volumen.

Por lo tanto, esta modificación del contrato se contabiliza como un contrato separado y los ingresos para el año 20X6 (400 computadoras entregadas) es:

600.000 del contrato original de 300 computadoras;
194.000 de la modificación del contrato para 100 equipos adicionales entregados.

Por lo tanto, los ingresos totales para el año 20X1 es 794.000, exactamente como en la NIC 18.

Escenario 2: 30% de descuento en la entrega adicional

En este caso, está claro que el precio de los equipos adicionales no refleja sus precios de venta independiente, ya que el 30% de descuento es excepcional y atado al contrato global con el Ministerio.

Esto significa que el segundo criterio no se cumple.

Como resultado, la modificación del contrato es NO es un contrato separado, sino que se incluye en el contrato original.

En este caso, como los productos adicionales son distintos, es necesario tener en cuenta lo que eliminaría en el contrato original y se definiría uno nuevo.

Sólo tiene que reconocer los ingresos procedentes de la entrega ya realizada antes de la modificación del contrato original.

Para el resto de los bienes del contrato original y los productos adicionales, se reconoce por el importe total de los ingresos:

• La parte del contrato original que no ha sido reconocido como ingreso todavía (en otras palabras, los bienes que todavía no se han entregado); más

• El acuerdo en la modificación del contrato.
Es necesario destinar esta cantidad a las obligaciones de desempeño individuales o equipos individuales en este caso.

En el escenario 2, la modificación del contrato se hizo después de la primera entrega, por lo que Vell Computer debe reconocer los ingresos para los primeros 100 equipos de acuerdo con el contrato inicial;

100 computadoras x 2.000 por equipo = 200.000

El precio total de la transacción asignada después de la modificación del contrato es:

• 400.000, considerando la parte correspondiente al contrato original relacionado con computadoras entregadas 200 (300 por el contrato menos 100 ya entregadas; 2.000 por unidad);

• 280.000, siendo importe total de 200 computadoras adicionales;

• Total: 680.000

Tenemos que destinar 680.000 a 400 computadoras en total (200 entregado antes de la modificación del contrato + 200 computadoras adicionales), lo que significa que Vell Computer asigna 1.700 a cada equipo (680.000 / 400).

¿Cuál es el ingreso total reconocido en 20X6, durante la cual se entregaron 400 computadoras? Vamos a calcular:

• Los ingresos para 100 computadoras entregadas antes de la modificación del contrato: 200.000 ( 2.000 / equipo)

• Los ingresos para 300 computadoras entregadas después de la modificación del contrato: 510.000 ( 1.700 / equipo);

• Total: 710.000.
Aquí se puede ver claramente que en este segundo escenario (se hace una entrega adicional con un 30% de descuento):

• Según la NIC 18, los ingresos para el año 20X6 es 740.000. 
Los ingresos que deben reconocerse en el próximo período son 100 ordenadores 1.400 140.000; eso nos da un total 880.000 por contrato.

• Bajo NIIF 15, los ingresos para el año 20X6 es 710.000 
Los ingresos que deben reconocerse en el próximo período son 100 ordenadores 1.700 170.000; eso nos da un total 880.000 por contrato.

Son iguales. Pero el tiempo de los ingresos es diferente, y precisamente este tiempo puede afectar sus impuestos, dividendos, índices financieros.

Advertencia

Como se puede ver, la nueva NIIF 15 puede afectar de diferentes maneras a su organización.

Debemos tener en cuenta que es posible que necesite de hecho mucho más tiempo para hacer todo el trabajo de preparación y aplicación de las NIIF 15 de lo que imaginaba.

Finalmente como anécdota, me recuerda fuertemente situación similar hace algunos años las empresas se preparaban para implementar las NIIF. Todo el mundo parecía tener tiempo cuando estaba a unos 1-2 años antes de la fecha inicial.

Pero cuando finalmente comenzaron, fue doloroso el tiempo quedo corto para todos los procesos. Entonces muchos contadores y directores financieros se dieron cuenta de que iban a necesitar mucho más tiempo para hacer la transición y que deberían haber comenzado meses antes de que realmente lo hicieron.

No cometas el mismo error es el momento de iniciar el proceso.

EL SRI SUSPENDIÓ EL RUC A LAS EMPRESAS EASY TAXI Y CABIFY

Las empresas Uber y Cabify se quedan con el 25% del costo de una carrera. El cálculo de la tarifa es por kilometraje.


Las aplicaciones móviles de origen extranjero usadas para solicitar el servicio de taxis o de transporte en vehículos particulares siguen con problemas para operar en el país.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) suspendió el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a las empresas Cabify e Easy Taxi, el 24 y 26 de julio pasados, respectivamente.

El motivo de la suspensión, según explicó la entidad, es que no existe una correlación entre la actividad económica declarada y la que efectivamente desarrollan. La actividad que declaran las firmas es el desarrollo de programas informáticos, servicios de Internet y aplicaciones móviles.

“En ningún momento se habla de traslado de pasajeros o de prestar un servicio tecnológico de ubicación de pasajeros”, señaló Guillermo Belmonte, subdirector general de Cumplimiento Tributario de la entidad pública.

La resolución del SRI fue impugnada por las dos compañías luego de ser emitida. El proceso administrativo se encuentra en etapa de revisión de pruebas. Belmonte recalcó que las compañías deben justificar, con documentos, que brindan servicio de software.

Easy Taxi opera en el país desde hace cuatro años, con taxis convencionales. Juan Camilo Sepúlveda, gerente, aseguró que son unidades autorizadas por la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre.

Sepúlveda reiteró que la empresa no es una operadora de transporte ni una cooperativa de taxis. “Conectamos taxis legales con título habilitante o permiso de operación con usuarios que requieren el servicio de transporte”.

El servicio continuará prestándose “sin ningún problema”, afirmó. La ‘app’ es utilizada por más de 15 000 conductores en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca.

Desde 2014 hasta el pasado mes de junio esta empresa canceló USD 142 265 al SRI por el pago de impuestos. Cabify, a diferencia de Easy Taxi, opera con vehículos privados en Quito y Guayaquil, desde julio del 2016. Desde entonces hasta el momento de la suspensión del RUC, la compañía canceló USD 562 531 en impuestos. Esta empresa no respondió a la solicitud de entrevista de EL COMERCIO.

Aunque la mayoría de los clientes de Cabify son particulares, el 80% de sus ingresos corresponde a 19 empresas del país, según datos del SRI. La administración tributaria indicó que también realizará un control sobre las compañías que han utilizado los servicios de Cabify. En caso de que no hayan recibido un servicio de diseño de sistemas informáticos se les considerará como un gasto no deducible.

Uber, con apenas dos meses de operaciones, tampoco está exento de controles por parte del SRI. El organismo confirmó que esta empresa no cuenta con RUC. “Si Uber está ejerciendo actividad económica en Ecuador, lo está haciendo de manera no apegada a la normativa tributaria. Eso constituye una evasión. Estamos iniciando los análisis y controles”, indicó Belmonte.

La empresa aseguró que cuenta con una entidad legalmente constituida en el Ecuador. Sobre sus contribuciones al fisco, señaló que los socios-conductores, al generar ingresos, tienen autonomía para el pago de impuestos.

En el caso de Uber y Cabify, las personas pueden asociarse bajo varias modalidades: conductor con vehículo, conductor sin auto o inversionistas que colocan sus unidades a la orden para que otros presten el servicio. Por carrera realizada, las empresas se quedan con el 25% de la tarifa.

Fernando G. es conductor de Cabify desde febrero. Como requisito le solicitaron récord policial y licencia de conducir. Ofrece el servicio a través del carro de su mamá, quien se sumó a Cabify como inversionista. Aseguró que esta actividad le ha ayudado a mejorar su condición económica, con ganancias de USD 900 al mes.

Con 54 años, Vicente R. se sumó a Uber buscando una fuente de ingreso. No hay horarios, pero procura estar activo ocho horas al día. Considera que es una actividad rentable.

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) reiteró que ninguna de las tres empresas está registrada como operadora de transporte terrestre. Sus aplicaciones móviles tampoco han sido calificadas por el ente, como lo establece la Resolución Nº 070-DIR-2016-ANT, emitida en agosto del 2016 y que regula el uso de estas plataformas para el despacho de flota en unidades vehiculares que prestan el servicio de taxis.

Según el listado, publicado en el portal de la ANT, hay 12 aplicativos móviles calificados para operar en el país.  La entidad reiteró que para prestar el servicio de transporte estas empresas deben constituirse como una operadora y obtener el título habilitante.

Según el Código Orgánico Integral Penal, “el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante (…)”, será sancionado con dos salarios básicos, reducción de 10 puntos en su licencia de conducir y retención del vehículo por el plazo mínimo de siete días. 

Patricia Carolina González y Diana Viveros. Redactoras (I) Foto: Armando Prado / EL COMERCIO

Publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección:


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