lunes, 31 de julio de 2017

LA APLICABILIDAD DE LA NIIF 15

La presente norma muestra de forma integrada todas las exigencias aplicables y reemplazara a las normas actuales de reconocimiento de ingresos, la NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias y la NIC 11 Contratos de construcción, así como otras interpretaciones del IFRIC relacionadas.

La nueva norma de ingresos se aplicará a todos los contratos con clientes, excepto:

·         Contratos de arrendamiento.
·         Contratos de seguros.
·         Instrumentos financieros y ciertos derechos contractuales u obligaciones sujetos a la aplicación de otras normas.
·         Intercambios no monetarios entre entidades en la misma línea de negocios para facilitar las ventas a los clientes.
·         Ciertas garantías en el ámbito de otras normas (que no sean las garantías de productos o servicios).

Una entidad contabilizará un contrato con un cliente solo cuando se cumplan todos los criterios siguientes:
  •  ·         Identificar el contrato con el clientes
  • ·         Identificar los derechos y obligaciones de cada parte
  • ·         Determinar las condiciones de pago con respecto al contrato
  • ·         Distribuir el precio de la transacción entre las obligaciones del contrato
  • ·         Contabilizar los ingresos cuando la entidad satisfaga las obligaciones con el cliente

Las empresas tendrán que realizar más estimaciones y aplicar mayor juicio a la hora de aplicar esta norma.

Esta nueva norma requerirá cambio de los sistemas, procesos y controles. La gerencia deberá evaluar las implicaciones para poder enfrentar el cambio y capturar la información necesaria para la transición.

La aplicación de la NIIF 15 entra en vigencia a partir de los ejercicios que se inicien el 1 de enero de 2018 para las entidades que reportan bajo NIIF, admitiéndose su aplicación anticipada.


Fuente: Equipo 4CIF, Enviado por 4CIF el Mié, 03/29/2017 

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